Calculadora Indemnización ART

consultora integral

Calculadora Indemnización ART

¿COMO SE CALCULA UNA INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRABAJO? 

 

La indemnización Base Ley 24.557 Art 14 dice que cuando el porcentaje de incapacidad sea igual o inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) una indemnización de pago único, cuya cuantía será igual a CINCUENTA Y TRES (53) veces el valor mensual del ingreso base, multiplicado por el porcentaje de incapacidad y por un coeficiente que resultará de dividir el número SESENTA Y CINCO (65) por la edad del damnificado a la fecha de la primera manifestación invalidante.

 

INGRESA TUS DATOS Y SIMULA TU INDEMNIZACION TODAS LAS VECES QUE QUIERAS!!!

¿Por qué es necesario un abogado en las cuestiones de accidentes y enfermedades laborales?

ART: Cuales son las prestaciones dinerarias que debe abonar

 

Porcentaje de discapacidad: Es el que determinara la comisión médica en su auditoria o la que defina en un peritaje particular un médico laboralista. Todo ello de acuerdo al Baremo (DECRETO 49/2014). No dude en consultar si necesita que le realicemos un peritaje.

Ingreso Base a la primera manifestación invalidante: Es el promedio mensual de los últimos 12 salarios devengados actualizados por el coeficiente RIPTE, o en caso de no tener una antigüedad menor a un año los salarios que existan hasta el momento de la primera manifestación invalidante. Si desconoce cómo obtener dicho importe, ingrese el sueldo bruto al momento de la primera manifestación invalidante a fines de obtener una aproximación realista.

Accidente Itinere: El artículo 6 de la ley 24.557 reza: “Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho… en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.”

Actualización a la fecha de disposición del pago: Los importes indemnizatorios deben actualizarse conforme a los apartados 2º y 3º del art. 12 de la ley 24.557 (confr. texto art. 11 de la ley complementaria 27.348).

 

 

*El resultado puede variar de acuerdo a la exactitud del ingreso base al cálculo, en caso de dudas no dude en comunicarse y realizaremos los cálculos con una mayor precisión. Los fines de la calculadora son meramente informativos.

 

 

 

Compartir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Abrir chat
Hola! en que podemos ayudarte? su consulta siempre nos interesa.